Redentor Cautivo Utrera - Web Oficial

Reglas de la Hermandad
Capítulo VIII

RELACIÓN DE LA HERMANDAD CON LA EXCMA. CORPORACIÓN MUNICIPAL

Regla 102ª.- Por acuerdo de 11 de Mayo de 1675, el Cabildo, Justicia y Regimiento de la entonces Villa de Utrera, decidió celebrar todos los días 28 de Febrero de cada año, en honor del Santísimo Cristo de Santiago, para siempre jamás, solemne función votiva a su costa, en prueba de gratitud y reconocimiento hacia la imagen, por cuya poderosa mediación se había conseguido el remedio a una pertinaz sequía; y al propio tiempo, le otorgó el título de Patrono de la población con el referido motivo.

Para conservar la memoria de este hecho histórico, se comunicará esta Regla a los hermanos en la convocatoria de cada año y se notificará al Excmo. Ayuntamiento, al mero efecto de su información.

Hermandad del Redentor Cautivo de Utrera © 2004 - 2005 - 2006 / Reservados todos los derechos